Contar con cámaras de seguridad en casa, es una de las formas más efectivas de aumentar la protección y tener una vigilancia constante. Sin embargo, esto también puede resultar en un problema legal si no lo haces bien. Aunque las pongas en tu propiedad, hay situaciones en las que van a estar prohibidas. La normativa vigente que regula la instalación de cámaras de videovigilancia en España se compone de: el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) (UE) 2016/679 y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD)
Vamos a explicarte en qué lugares no podrías poner tus cámaras de seguridad. Esto te ayudará a evitar problemas legales, ya sea a corto o largo plazo. Es un tema sensible, con el que habría que tener cuidado. Además, te daremos algunas recomendaciones para no tener problemas, en tu caso personal, con la privacidad.
Antes de instalar las cámaras, prepárate
Cuando vayas a instalar cámaras de seguridad en tu propiedad, ya sea tu vivienda o negocio, es clave que tengas en cuenta algunos factores básicos. Instalarlas es muy sencillo, ya que basta con comprar el modelo que mejor se adapte a lo que necesitas, ponerla donde corresponda, configurarla y listo. Pero debes prepararte previamente.
Si tenemos en cuenta las leyes de privacidad y protección de datos, son muy estrictas con este asunto. La transparencia debe estar presente, ya que podrías comprometer la privacidad de terceras personas. Aunque el objetivo sea proteger tu casa, detectar intrusos y problemas, debes seguir unas reglas.
Ten en cuenta, como base, lo siguiente:
- Cuidado con zonas de privacidad: no pongas áreas donde se requiera de privacidad, como los baños o el dormitorio.
- Informa previamente: debes notificar que hay cámaras, para cumplir con la transparencia y derechos de privacidad.
- Revisa dónde y cómo almacenas las grabaciones: la ley en España permite conservar las grabaciones por un máximo de 30 días. Cuidado también con almacenarlas en formatos o dispositivos inseguros.
- El audio también tiene normativa: de forma general, no es legal grabar audio con cámaras de vigilancia en España. Es un tema aún más restrictivo que la propia imagen que pueda grabar la cámara.
Dónde no puedes ubicarlas
Un ejemplo claro de dónde no puedes colocar cámaras de seguridad, es en baños y vestuarios. No necesariamente hablamos de tu vivienda, el lugar en el que vives, sino también en otras propiedades que puedas tener, como un negocio. Si tienes una tienda o gimnasio, y hay algún vestuario, no podrías poner una cámara, aunque sea de tu propiedad. Tampoco podrías ubicarlas en zonas de descanso.
Si nos centramos más en una vivienda particular, nunca podrías estar grabando a la calle, a una zona en la que, aunque sea parcialmente, coja la vivienda de algún vecino o área pública. Por tanto, aunque la cámara esté en tu patio, terraza o cualquier zona de tu propiedad, es posible que la imagen no.
Tampoco podrías poner una cámara en algún espacio que tengas alquilado, como puede ser una habitación. Únicamente podrías tener esa cámara en zonas comunes, pero siempre con consentimiento previo y un claro aviso al respecto. La casa será tuya, pero eso no te da derecho a grabar espacios donde pueda haber otras personas.
Esto también lo debes aplicar a timbres inteligentes o mirillas digitales que puedas tener en la puerta de casa. No deberían apuntar más allá de tu propiedad. Son aparatos que no deberían estar grabando, sino simplemente funcionar cuando alguien llame a tu casa. Además, únicamente mostrar la parte imprescindible, como el escalón de tu vivienda, para ver quién llama y poco más.
Consejos adicionales
Te recomendamos que tengas cuidado a la hora de instalar cámaras y elegir cuál usar. Es esencial utilizar modelos de garantías, que estén actualizados y configurarlos correctamente. Puedes optar por modelos que tengan modo de privacidad, para dejar de grabar, ocultando físicamente la lente, cuando lo necesites.
También, a la hora de instalar la cámara de seguridad, debes comprobar que únicamente se ve tu casa, terreno 100% de tu propiedad, sin estar apuntando, aunque sea parcialmente, al patio de tu vecino o a la calle. Hoy en día, es muy común encontrar cámaras con un gran ángulo de visión, por lo que hay que tener cuidado con esto. La solución técnica avalada por la AEPD es el uso de máscaras de privacidad para evitar lo que mencionamos. Es una función, disponible en el software de la mayoría de cámaras y sistemas de grabación, que permite oscurecer o pixelar de forma permanente áreas específicas de la imagen.
Como indica la Agencia Española de Protección de Datos, a través de una guía de actuación, es obligatorio que informes de la existencia de un sistema de videovigilancia. Debes poner un cartel perfectamente visible, donde se informe a cualquier persona que pase, aunque sea de tu propiedad, que hay cámaras de vigilancia.
En definitiva, si vas a instalar cámaras de vigilancia en tu propiedad, debes asegurarte de que cumples con la ley y evitar así problemas. Es ilegal grabar espacios públicos y, en ocasiones, también zonas de tu propia casa.
